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Trabajo nocturno y a turnos: plus de nocturnidad, límites y derechos

Trabajar de noche tiene reglas propias: el Estatuto de los Trabajadores considera nocturno el trabajo entre las diez de la noche y las seis de la mañana, exige que se pague con una retribución específica, limita la jornada a ocho horas diarias de promedio y prohíbe las horas extra a los trabajadores nocturnos (artículo 36). El trabajo a turnos también tiene límites de rotación y de descanso. Te explicamos qué puedes exigir y cómo reclamar el plus si no te lo pagan.

Monedas, sobre y calculadora: plus de nocturnidad en la nómina

¿Qué se considera trabajo nocturno?

El horario: de 22:00 a 6:00

Es la franja legal. Los convenios pueden mejorarla, por ejemplo pagando como nocturnas más horas.

Quién es trabajador nocturno

Quien hace normalmente al menos tres horas de su jornada diaria en ese horario, o quien previsiblemente trabajará de noche al menos un tercio de su jornada anual (artículo 36.1). Ser trabajador nocturno activa los límites y las garantías de salud.

Aviso a la autoridad laboral

La empresa que recurre de forma regular al trabajo nocturno debe comunicarlo a la autoridad laboral.

¿Me tienen que pagar un plus de nocturnidad?

Sí, con una retribución específica

El trabajo nocturno debe tener una retribución específica que fija la negociación colectiva (artículo 36.2). Solo hay dos excepciones: que tu salario se haya fijado teniendo en cuenta que el trabajo es nocturno por su propia naturaleza, o que se haya pactado compensarlo con descansos.

¿Cuánto es?

Lo dice tu convenio: suele ser un porcentaje del salario base por cada hora nocturna o una cantidad fija por noche. Revisa las tablas del convenio y compáralas con tu nómina.

Cómo reclamar el plus no pagado

Se reclama en el plazo de un año, con el registro de jornada, los cuadrantes y las nóminas como prueba. Ver reclamación de nóminas y salarios.

El plus también cuenta en las vacaciones

Si cobras el plus de forma habitual, el Tribunal Supremo ha entendido que debe tenerse en cuenta en la retribución de las vacaciones, porque durante ellas tienes que cobrar tu salario normal.

¿Qué límites tiene el trabajo de noche?

Ocho horas diarias de promedio y sin horas extra

La jornada de los trabajadores nocturnos no puede superar las ocho horas diarias de promedio en un periodo de quince días, y no pueden hacer horas extraordinarias (artículo 36.1).

Vigilancia de la salud

La empresa debe ofrecerte una evaluación de tu salud antes de empezar a trabajar de noche y después de forma periódica. Si se te reconocen problemas de salud ligados al trabajo nocturno, tienes derecho a un puesto de día que exista en la empresa y para el que estés capacitado (artículo 36.4).

Embarazo y lactancia

Si la evaluación de riesgos lo aconseja, la adaptación del puesto de una trabajadora embarazada o en lactancia incluye no trabajar de noche ni a turnos (artículo 26.1 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales).

Menores y contratos formativos

Los menores de 18 años no pueden trabajar de noche (artículo 6.2 del Estatuto). En el contrato de formación en alternancia tampoco se permite el trabajo nocturno ni a turnos, salvo excepciones. Ver contrato formativo.

¿Cómo funciona el trabajo a turnos?

Qué es

Es la organización en equipos en la que los trabajadores ocupan sucesivamente los mismos puestos, de forma que cada uno trabaja en horas diferentes según las semanas o los días (artículo 36.3).

Rotación: no más de dos semanas seguidas de noche

En las empresas que funcionan las 24 horas, los turnos deben rotar y nadie debe estar en el de noche más de dos semanas consecutivas, salvo que lo elija voluntariamente.

Descansos entre turnos

Los cambios de turno no pueden saltarse las 12 horas de descanso entre jornadas ni el descanso semanal. Lo explicamos en descansos, festivos y domingos.

Cambios de turno y conciliación

Un cambio de turno impuesto de forma estable puede ser una modificación sustancial que puedes impugnar en 20 días hábiles. Y si necesitas otro turno para cuidar de tus hijos o familiares, puedes pedir la adaptación de jornada.

Preguntas frecuentes sobre el trabajo nocturno y a turnos

¿A partir de qué hora se cobra la nocturnidad?

Legalmente el trabajo nocturno es el que se hace entre las diez de la noche y las seis de la mañana. Algunos convenios amplían esa franja o pagan el plus por horas.

¿Puedo negarme a trabajar de noche?

Si tu contrato o tu convenio prevén el trabajo nocturno o a turnos, en principio no. Pero hay límites: los menores no pueden, las trabajadoras embarazadas o en lactancia pueden necesitar dejarlo, y si tienes problemas de salud por el trabajo nocturno tienes derecho a un puesto de día.

¿Me pueden quitar el plus si me pasan al turno de día?

El plus de nocturnidad retribuye el trabajo de noche, así que en principio deja de cobrarse cuando ya no trabajas de noche. Otra cosa es si el cambio de turno es una modificación sustancial que puedes impugnar.

¿Puedo hacer horas extra si trabajo de noche?

No. Los trabajadores nocturnos no pueden hacer horas extraordinarias.

¿El plus de nocturnidad cuenta para la indemnización por despido?

Sí, si lo cobras de forma habitual forma parte de tu salario y debe incluirse en el cálculo.

¿Cómo pido un puesto de día por motivos de salud?

Con un informe médico que relacione tus problemas de salud con el trabajo nocturno. Si hay un puesto de día para el que estés capacitado, la empresa debe destinarte a él.

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