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Plusvalía e IBI en Santa Olalla: liquidaciones, recursos y devoluciones

Plusvalías mal calculadas, recibos de IBI con un valor catastral incorrecto o bonificaciones no aplicadas: revisamos los impuestos municipales de tu inmueble en Santa Olalla.

Maqueta de casas: plusvalía municipal e IBI

La plusvalía al vender o heredar en Santa Olalla

Ventas con pérdida

Si el valor del terreno no ha aumentado entre la compra y la venta o la herencia, no hay plusvalía. Hay que acreditarlo con las escrituras de adquisición y transmisión.

Cómo se calcula

Si la ganancia real es inferior a la que resulta de aplicar los coeficientes municipales, puedes pedir que se tome la ganancia real como base del impuesto.

Plazos de la plusvalía

La plusvalía se declara en treinta días hábiles en las ventas y donaciones y en seis meses, prorrogables hasta un año, en las herencias.

¿Quién gestiona la plusvalía y el IBI en Santa Olalla?

El Ayuntamiento de Santa Olalla o, si tiene delegada la gestión, el Organismo Autónomo Provincial de Gestión Tributaria de la Diputación de Toledo. El recurso de reposición se presenta ante quien dictó la liquidación, y el valor catastral se discute ante la Gerencia del Catastro.

Devolución de impuestos municipales en Santa Olalla

Un mes para recurrir

Contra la liquidación de la plusvalía o del IBI cabe recurso de reposición en el plazo de un mes desde su notificación, y después recurso contencioso-administrativo.

Pedir la devolución

Si pagaste una autoliquidación incorrecta, puede pedirse su rectificación y la devolución de lo ingresado indebidamente dentro del plazo general de prescripción de cuatro años.

Valor catastral incorrecto

Si el valor catastral de tu inmueble es erróneo, se reclama ante la Gerencia del Catastro; también revisamos bonificaciones del IBI, como las de familia numerosa, si la ordenanza de Santa Olalla las prevé.

Documentación para revisar la plusvalía o el IBI en Santa Olalla

  • Escrituras de adquisición y de venta, herencia o donación
  • Liquidación o autoliquidación de la plusvalía
  • Recibos de IBI y certificación catastral
  • Justificantes de pago

Preguntas frecuentes sobre plusvalía e IBI en Santa Olalla

¿Merece la pena recurrir una plusvalía pequeña?

Depende del importe y de la prueba disponible. Te decimos con sinceridad si compensa antes de recurrir.

¿Tengo que pagar plusvalía si vendí mi casa de Santa Olalla sin ganar dinero?

No, si el valor del terreno no aumentó. Hay que acreditarlo con las escrituras de compra y de venta.

¿Cuánto tiempo tengo para recurrir la plusvalía?

Un mes desde la notificación de la liquidación para el recurso de reposición. Si fue una autoliquidación, puede pedirse la rectificación dentro de los cuatro años.

¿Quién paga la plusvalía en una herencia?

Los herederos que reciben el inmueble, en el plazo de seis meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año.

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Más información

Revisa tu plusvalía o tu IBI con un abogado en Santa Olalla

Si te han liquidado una plusvalía o un IBI en Santa Olalla que no te cuadra, envíanos la liquidación y las escrituras. Llámanos al 925 222 966, escríbenos por WhatsApp o visita nuestras oficinas de Toledo (calle Trinitarios, 25) y Madrid (calle San Germán, 4, oficina 7). La primera consulta se celebra en nuestro despacho y tiene un coste fijo que se descuenta de los honorarios si nos encargas el asunto; por teléfono o WhatsApp te orientamos sobre plazos y documentación.

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