Abogado de despidos en Mora: improcedente, nulo u objetivo
Despido disciplinario, objetivo, por fin de contrato o sin carta: cada uno tiene sus reglas y sus defectos habituales. Te explicamos cómo funciona si trabajas en Mora.

Tipos de despido para trabajadores de Mora
Cuando vulnera tus derechos
Es nulo el despido discriminatorio, el que viola derechos fundamentales o el de personas embarazadas o de permiso por nacimiento, entre otros casos. Supone la readmisión inmediata y el pago de los salarios dejados de percibir.
Si el despido no se justifica
La empresa elige entre readmitirte o pagarte treinta y tres días por año, con un máximo de veinticuatro mensualidades; el tiempo anterior al 12 de febrero de 2012 se calcula a cuarenta y cinco días.
Por causas económicas u otras
Exige comunicación escrita con la causa, un preaviso de quince días y poner a tu disposición una indemnización de veinte días por año, con un máximo de doce mensualidades.
Por incumplimientos
La empresa debe entregarte una carta con los hechos que lo motivan y la fecha de efectos. Si no prueba esos hechos o la carta es defectuosa, el despido es improcedente.
¿Dónde se reclama si trabajas o vives en Mora?
Los juicios laborales de la provincia se celebran en la sección de lo social del Tribunal de Instancia de Toledo o, según la zona, en la de Talavera de la Reina. La ley permite al trabajador elegir entre el lugar donde presta servicios y el domicilio de la empresa.
Los próximos veinte días tras un despido en Mora
La carta y el finiquito
Firma la carta y el finiquito como recibí y no conforme. No firmes documentos en los que renuncies a reclamar.
La conciliación previa
Presentamos la papeleta ante el servicio de mediación, arbitraje y conciliación de la Junta. En el acto de conciliación muchas empresas reconocen la improcedencia y pagan.
Si no hay acuerdo
Si no hay acuerdo en la conciliación, presentamos la demanda y preparamos el juicio con tus pruebas: correos, mensajes, testigos y nóminas.
Documentación para reclamar un despido en Mora
- Carta de despido
- Contrato y nóminas de los últimos doce meses
- Finiquito y liquidación
- Informe de vida laboral
- Correos, mensajes o pruebas de lo ocurrido
Preguntas frecuentes sobre despidos en Mora
¿Qué pasa si me despiden estando de baja médica?
La baja no impide el despido, pero puede ser nulo si se debe a tu enfermedad o vulnera tus derechos fundamentales. Hay que analizar los hechos.
¿Me pueden despedir sin carta?
Un despido sin carta, o un despido verbal, es como regla general improcedente por defecto de forma. Conviene dejar constancia de la fecha en que te impidieron trabajar.
¿Tengo que ir a juicio si me despiden en Mora?
No siempre: muchos despidos se resuelven en la conciliación. Si hay juicio, te preparamos y te acompañamos.
¿Cuánto tiempo tengo para impugnar un despido en Mora?
Veinte días hábiles desde el día siguiente al despido, sin contar sábados, domingos ni festivos. La papeleta de conciliación suspende el plazo.
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Impugna tu despido con un abogado en Mora
Si te han despedido en Mora, cuéntanos la fecha y el motivo cuanto antes: el plazo es de veinte días hábiles. Llámanos al 925 222 966, escríbenos por WhatsApp o visita nuestras oficinas de Toledo (calle Trinitarios, 25) y Madrid (calle San Germán, 4, oficina 7). La primera consulta se celebra en nuestro despacho y tiene un coste fijo que se descuenta de los honorarios si nos encargas el asunto; por teléfono o WhatsApp te orientamos sobre plazos y documentación.
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